Desde la Cámara de Comercio, Industria, Comercio Exterior y Afines, se informa que mediante Resolución General 5226/2022 la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) promulgó la Ley de Alivio Fiscal que rige a partir del 1° de julio y que prevé importantes beneficios para monotributistas y autónomos, como modificaciones en la escala de tramos, la exención del pago para las categorías A y B de monotributo, y una mayor deducción del Impuesto a las Ganancias para autónomos.
La Resolución establece que:
- Se extiende el periodo de recategorización, del 11 al 29 de julio, mientras que el vencimiento del pago de la obligación mensual se prorroga al 27 de julio.
- Se actualizan los topes de facturación por categoría: para las categorías A, B, C y D se incrementan en un 60%, mientras que, para las restantes categorías, la suba es del 29,12%.
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Cámara de Comercio, Industria, Comercio Exterior y Afines de Pto. Iguazú.-