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Censo Nacional 2022: información para las empresas

CENSO NACIONAL DE POBLACION Y VIVIENDA

Ley 24.254
Declárase de Feriado Nacional el día de cada año en que se efectúe
Sancionada: Octubre 13 de 1993.
Promulgada: Noviembre 11 de 1993.
B.O.: 17/11/93

El próximo miércoles 18 de mayo se llevará a cabo el Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda (la recolección de datos, prevista para 2020, se postergó por la pandemia del covid-19), revistiendo dicha fecha calidad de Feriado Nacional, de conformidad y con los alcances establecidos en la Ley N° 24.254, para facilitar la tarea de relevamiento.

Al respecto, la Ley 24.254 (Censo Nacional de Población y Vivienda) establece “quedan prohibidas hasta las veinte (20) horas del día indicado para la realización del Censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada” (Art. 2).En virtud de ello, entre las 0 y las 20 horas del día miércoles 18 de mayo del corriente, deberán permanecer cerrados confiterías, restaurantes, panaderías, bazares y comercios en general

La única excepción al respecto radica en los servicios esenciales(servicios sanitarios y hospitalarios, telefónicos, producción y distribución de agua potable y energía eléctrica, control de tráfico aéreo y transporte de personas, conforme Dec. 843/00 y Ss.), los cuales deberán mantener guardias mínimas de servicios. A los efectos salariales de las actividades mencionadas, será de aplicación la legislación vigente en la materia para los días declarados feriados nacionales (Art. 3).Por último, la referida 24.254 pone de manifiesto que “toda infracción a lo dispuesto en los artículos precedentes, será sancionada de acuerdo con las normas en vigencia relativas al trabajo en el día feriado”.

Cámara de Comercio, Industria, Comercio Exterior y Afines de Pto. Iguazú. –

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