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AFIP incluye en los impuestos a las transferencias hechas a través de Mercado Pago

La AFIP lanzó un nuevo impuesto: se trata de un gravamen a las transferencias mediante la aplicación Mercado Pago, que muchos comercios utilizaban para esquivar las comisiones

Primer comunicado de Mercado Pago

“Cuando recibas transferencias de otras personas, tendrás retenciones de IVA, Ganancias y Ingresos Brutos

Hora, te queríamos contar que pagarás impuestos de AfIP y fiscos provinciales cada vez que recibas dinero de cuentas bancarias o de billeteras digitales de otra titularidad. A partir del 2 de noviembre podrás ver el cobro del impuesto en el detalle de la transferencia. Podés revisar tus datos fiscales en Mercado Libre para saber cuánto te corresponde pagar”.

Segundo comunicado de Mercado Pago

“Todas las personas o empresas que transfieran desde su cuenta de Mercado Pago a cuentas bancarias de terceros, pagarán el Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias de AFIP. A partir del 2 de noviembre de 2020, podrás ver el detalle del impuesto cuando confirmes los datos de la transferencia.

¿Cuánto tengo que pagar?

Todas las personas y empresas pagan 1,2% sobre el monto que transfieran. En caso de que seas monotributistas pagás 0,5%. Podés revisar cómo estás inscripto en Mercado Pago para asegurarte de pagar el porcentaje adecuado a tu caso.

¿Cuándo pago el impuesto?

Pagás el impuesto en el momento en que hacés la transferencia a un tercero. Por ejemplo, si querés transferir $1.000, vas a necesitar tener $1.012 en tu cuenta para que podamos debitar el monto del impuesto.

¿En qué transferencias no pago el impuesto?

Transferencias a una cuenta de tu misma titularidad
Transferencias a cualquier CVU”.

A su vez, también habrá que estar atentos a un detalle del presupuesto 2021 que será tratado en la Cámara de Diputados: los impuestos internos que gravan celulares y otros dispositivos electrónicos subirán del 7 al 17% en todo el país excepto aquellos fabricados en Tierra del Fuego, que pasarán de 0 a 6,55%.

Además, según El Cronista Comercial el texto establece que “cuando los referidos bienes sean fabricados por empresas beneficiarias del régimen de la ley 19.640 -N. de la R.: el régimen de promoción de Tierra del Fuego-, siempre que acrediten origen en el Área Aduanera Especial creada por esta última ley, la alícuota será equivalente al treinta y ocho coma cincuenta y tres por ciento (38,53%) de la alícuota general”. Es decir, una alicuota del 6,55%, que actualmente está en cero para los bienes producidos en Tierra del Fuego. El impuesto interno regirá hasta el 31 de diciembre de 2025.

En este sentido, entienden que los bienes más afectados, en términos de impacto social, son los teléfonos celulares. También aparecen algunos equipos de aire acondicionado, televisores, monitores, cámaras de fotos, radios, proyectores y hornos microondas. No están incluidos ni computadoras ni notebooks.

Fuente: Economis.-

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